30/7/11

Los ministros de Instrucción Pública durante la primera década de la escuela (2)

Rómulo Sebastián Naón 
(1873 ó 1875-1941) 

Jurisconsulto y político, de filiación masónica (Logia "Obediencia a la Ley"); egresó de la Universidad como abogado en 1896. Desempeñó varios cargos públicos: diputado en 1902; Ministro de Justicia e Instrucción Pública de José Figueroa Alcorta desde 1908 hasta 1910; primer embajador permanente argentino en Washington, cargo que ocupó durante 8 años, a partir de diciembre de 1910; intendente municipal de la Ciudad de Buenos Aires desde el 20 de febrero hasta el 19 de noviembre de 1932 (Presidencia de Agustín P. Justo); Presidente de la Suprema Corte de Justicia.
Por línea materna desciende de un hidalgo vasco (Oliden) establecido en las colonias americanas en el temprano siglo XVIII. Fue uno de los numerosos hijos que tuvieron Julio César Naón Capanegra (hacendado, 1833-1915) y Felisa Peralta Martínez de Oliden, casados en 1869. Contrajo matrimonio con Isabel Rodríguez Marcenal (1881-1950) y tuvo a su vez 4 hijos: Felisa, José, Isabel y Carlota. En el campo de la enseñanza se desempeñó como profesor en el Colegio Nacional de Buenos Aires y en la facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, escribió diversas obras clásicas de carácter constitucional, perteneció a numerosas sociedades científicas, fue miembro de la Academia de Derecho y Ciencias Sociales y era "doctor honoris causa" de las Universidades de Yale, Havard, Pittsburgh (EE.UU.) La nota necrológica publicada por The New York Times el 31 de diciembre de 1941, le atribuye 40 años de actividad pública. Sus restos descansan en el cementerio de la Recoleta, en Buenos Aires.

Es necesario conocer su desempeño bajo gobiernos de distinto signo político, en el contexto de su época, para hacer un balance de sus gestiones y elaborar conclusiones. Al sólo efecto de  sistematizar la información, hemos separado sus principales actuaciones en cuatro áreas que se detallan a continuación.

Naón (ca. 1915)


Actuación ministerial:
Desde su cartera dispuso la creación de más de 50 establecimientos escolares con enseñanza secundaria, 34 Escuelas Normales, 16 industriales, de Artes y Oficios y Escuelas Normales de Maestros Rurales. Creó la Escuela Normal de Lenguas Vivas, el Instituto Nacional del Profesorado y el Instituto Nacional de Ciencias de la Educación
“Consideraba el entonces Ministro de Justicia e Instrucción Pública, Dr. Rómulo S. Naón, cuyo nombre está vinculado a una de las empresas más trascendentales de orden educacional en la Nación – cual es el de ser fundador de estos establecimientos- “que el número de maestros diplomados estaba muy lejos de satisfacer las exigencias reales de la población escolar de toda la República”; y con cierto criterio ponderante de gobernante progresista, afrontaba el problema”.
Mediante una resolución se resolvió que las Escuelas Normales Nacionales quedaran bajo la dirección del Consejo Nacional de Educación, situación que fue revertida por decreto del 2 de febrero de 1916, en el cual se dispuso que aquellas escuelas pasaran a depender directamente del Ministerio de Instrucción Pública.

A mediados del año 1907, el gobierno argentino, a través del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública a su cargo, envió a Ricardo Rojas a estudiar el régimen de la educación histórica en las escuelas europeas. Visitó, así, Inglaterra, Italia, Francia y España, en un viaje que lo llevó a revalorizar las raíces hispánicas de la cultura argentina. 
En ese momento, Rojas tenía 27 años. Solicitó una licencia sin goce de sueldo, aunque viajaba como corresponsal del diario La Nación. En su viaje relevó los modos de enseñanza de la historia en aquellos países, y esos estudios constituyen el esquema central de su obra La Restauración Nacionalista, cuyo subtítulo es Informe sobre Educación. Durante los viajes, realizó entrevistas a historiadores y consultó repositorios para enriquecer su perspectiva. Tomando como referencia esas experiencias planteó una serie de temas para la reforma de la enseñanza de la historia en nuestro país.
En la portadilla original, añadió el «Informe sobre la Historia presentado al Señor Ministro de Justicia e Instrucción Pública». Ese Informe es simultáneo a otro que realizara Ernesto Quesada en Alemania para relevar la enseñanza de la historia en la educación superior. 
Sobre la misión y la obra de Rojas puede leerse, entre otros, el artículo “Nacionalismo, inmigración y pluralismo cultural. Polémicas educativas en torno al centenario”, de Rafael Gagliano.

En 1908, por su intervención y la decisión del Presidente José Figueroa Alcorta, se restablece la Ley 419: “En cumplimiento de la Ley 419 de 23 de septiembre de 1870, créase una Comisión Protectora de Bibliotecas Populares...”. 

“…el 17 de febrero de 1905, por un decreto firmado por Joaquín V. González, se [estableció] el Curso Normal de Educación Física, que duraba dos años, y egresaban con el título de Maestro Normal de Educación Física. […] El Ministro, según relata Romero Brest, visitó un día el curso en pleno funcionamiento. Estudió atentamente sus finalidades y resolvió elevarlo a la categoría de Escuela Normal de Educación Física por decreto del 14 de mayo de 1909. También lo equipa con un Laboratorio de Fisiología completo y lo traslada a un edificio más amplio en Bartolomé Mitre 2520. Aunque las actividades físicas se seguían realizando en la Escuela Normal de Profesores Nº 2.” (Daniel Pallarola)

Durante su gestión se llevó a cabo un Censo General de Educación, levantado el 23 de mayo de 1909, editado por el Taller de Publicaciones de la Oficina Metereológica Argentina en 1910. Puede consultárselo en la Biblioteca Nacional de Maestros. 

“Se llevó a cabo una Investigación sobre el Estado de la Escuela Secundaria, conocida con el nombre de Encuesta Naón. Para ello se realizó una encuesta masiva a todos los profesores de enseñanza secundaria del país, sobre la base de nueve preguntas, referidas a las condiciones de ingreso en la enseñanza secundaria, distribución y correlación de las asignaturas en el plan de estudios y deficiencias con respecto a la enseñanza moral, física y estética y con referencia a la enseñanza científica y literaria; si los programas debían ser analíticos o sintéticos, los métodos de enseñanza, formación del profesorado y medios para mejorar el existente, sistema de promoción; si la enseñanza secundaria debía ser complementaria de la primaria o preparatoria de la superior, años de duración del ciclo y si era conveniente que el Estado asegurara la educación secundaria de la mujer en establecimientos especiales.”

En ejercicio de su ministerio seleccionó letrados para la función pública, confió cátedras a profesores diplomados e implantó la asignatura `moral cívica´

Por decreto de fecha 26 de febrero de 1910 del Dr. Figueroa Alcorta, refrendado por su ministro de Instrucción Pública, se creó el Instituto de Altos Estudios Comerciales, sobre la base de la “Escuela de Comercio de la Capital de la República” creada en 1890 por el Poder Ejecutivo nacional a cargo del Dr. Carlos Pellegrini, el que -después de algunas vicisitudes de supresión y reestablecimiento- se convirtió el 9 de octubre de 1913 en la actual Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires.

“EGIDIO QUERCIOLA (1871-1949) se trasladó a Buenos Aires en el año 1910, invitado por RÓMULO S. NAÓN y TOMÁS LEBRETÓN, esa fue su primera visita a nuestro país. Quedó convencido que aquí podía desarrollar su arte en el seno de la sociedad dirigente de argentina. Y, así ocurrió, volvió para radicarse en nuestro país ya casado […] 
Las reproducciones de sus cuadros figuran en infinidad de libros de texto de distintos niveles de enseñanza oficial, de estudios de historia, publicaciones de investigación, etc. 
Los rostros de nuestros PRESIDENTES plasmados por el profesor EGIDIO QUERCIOLA en sus retratos quedaron para siempre en la retina de generaciones enteras de ciudadanos argentinos. Al punto de que una mirada atenta a esa iconografía permite inmediatamente reconocer la maestría pictórica de sus trabajos.
Además el artista llevó a cabo la realización de un gran número de retratos de personalidades de la sociedad argentina de su tiempo.” (Arquitecto ABEL FERNANDO PAEZ)


Urquiza - Óleo sobre tela de E. Querciola (1911)








                           





                                                                                                   Nicolás Avellaneda, por  E. Querciola

Durante su gestión se aprobó la Ley Nº 8890 de impuesto a la transmisión gratuita de bienes (12/08/12) en la jurisdicción nacional, cuyo producto total formará parte del tesoro escolar. Esta Ley será modificada en 1920 por la Nº 11.023 que establece una escala de sumas y porcentajes del impuesto a pagar.

En 1920 presidió la Comisión Pro Edificio para la Escuela Normal de Pehuajó, que había ordenado crear en enero de 1910. Esta institución educativa, como muchas otras, fue honrada años más tarde con su nombre. 

Actuación política:

“El 24 de julio de 1889 un grupo de jóvenes que se querían diferenciar de la juventud incondicional del presidente, formaron un club político en cuya acta constitutiva y declaración de principios establecían: “cooperar al restablecimiento de las prácticas constitucionales en el país y combatir el orden de cosas existentes”. Entre los presentes se encontraban: Luis María Drago, Enrique Rodríguez Larreta (h), Marcelo T. De Alvear, Angel Gallardo, Augusto Marcó del Pont, Octavio Pico, Luis Mitre y Rómulo Naón.” 

“Entre el 27 y el 28 de junio de 1910 se sancionó en el Congreso de la Nación la denominada Ley de Defensa Social, con la presencia y participación, en este caso en la Cámara de Diputados, de los Ministros del Interior, Dr. Gálvez, de Relaciones Exteriores, Dr. Victorino de la Plaza, de Hacienda, Dr. Manuel M. de Iriondo, de Justicia e Instrucción pública, Rómulo S. Naón, de Obras Públicas, Ezequiel Ramos Mejía, y de Marina, Contralmirante Onofre Betbeder. Al otro día, en la Cámara de Senadores, estuvieron presentes los Ministros del Interior, de Justicia e Instrucción Pública y de Obras Públicas. La urgencia de la sanción llegaba luego de que una bomba estallara en el teatro Colón el 26 de junio, [que] como consecuencia produjo algunos heridos y una terrible sensación de pánico y miedo en la dirigencia política.” […] “En 1910, el diario [La Protesta] publicaba, “el gobierno argentino ha dictado unas leyes tan terribles y bárbaras que no tienen precedente en la historia. Rusia, con ser la nación más autócrata del mundo, no tiene leyes tan atentatorias e inicuas contra la libertad individual y colectiva como las sancionadas últimamente en la Argentina”. Las comparaciones con países como Rusia daban cuenta de la poca importancia que le otorgaba el anarquismo a los diferentes regímenes políticos, a pesar de denunciar las medidas represivas del Estado, la comparación no profundizaba en las magnitudes y alcances que aquel tipo de leyes tenía en un país con intenciones democráticas burguesas. 
Después de ocho años de la sanción de la Ley de Residencia, la Ley de Defensa Social, era la nueva herramienta contra el pensamiento libertario. A sólo cuatro días de la sanción, La Protesta sostenía, desde Uruguay, “modificada la misma ley de residencia, por el cual no podrá habitar tierra argentina ningún amante de la libertad y de espíritu libre, sólo podrá vegetar en aquel virgen suelo el que se somete al látigo del tirano, al machete del esbirro y a la explotación del capitalista. La más leve protesta frente a esa trinidad de pillaje implicaría la inmediata expulsión del país. No se permitirá ninguna publicación libertaria, ni información de agrupaciones ácratas, y el correo no dará curso a ninguna publicación revolucionaria del exterior; los gremios obreros serán disueltos por ser considerados perturbadores de la armonía entre el capital y el trabajo, y no se tolerarán las huelgas, con severísimas penas para los que la propicien”. (Gabriela Costanzo: “Lo inadmisible hecho historia. La Ley de Residencia de 1902 y la Ley de Defensa Social de 1910”).


Manifestación Federación Obrera Regional (1910)


"En el Boletín Municipal del 20 de julio de 1932 –pág. 1496 y siguientes- se publicó el informe que el Intendente Municipal D. Rómulo S. Naón, - con el refrendo del Secretario de Obras Públicas, Higiene y Seguridad de la comuna, D. Miguel M. Padilla- elevó al Ministro del Interior Dr. Leopoldo Melo, mencionando los antecedentes y datos relacionados con la propiedad del edificio del antiguo Cabildo de Buenos Aires. 
El Intendente Naón hizo referencia a un pedido expreso del H. Concejo Deliberante en tal sentido, formulado por Expte. 32.446 C. 1919, aclarando además que esta gestión de la rama deliberativa del Gobierno Comunal no es nueva; sólo vuelve al tapete una cuestión debatida desde largos años atrás y que nunca se ha aclarado por que en múltiples ocasiones se ha negado que la Municipalidad sea, en absoluto, la sucesora del extinguido Cabildo colonial.
El tema se reactualizó en 1932 porque la Comuna se vio en la imperiosa necesidad de hacer economías efectivas, eliminando los crecidos renglones que, en concepto de alquileres para sus oficinas, pesan sobre el presupuesto y la conveniencia de reunir en un solo edificio tan próximo a su sede central, las distintas dependencias dispersas por distintos parajes, si bien al finalizar el párrafo expone de modo contundente que, por otra parte, sólo persigue la vuelta al dominio comunal de un bien, cuya propiedad, es indiscutible. A continuación, párrafo a párrafo, volcó las razones de orden histórico y jurídico que avalan su petición.
Comenzó por señalar que ya en junio 28 de 1908 el Poder Ejecutivo ejercido entonces por el Dr. Figueroa Alcorta, negó que la Municipalidad de Buenos Aires, fuese sucesora del dominio del extinguido Cabildo y ello le impone la obligación de demostrar acabadamente los títulos con los cuáles la Comuna reivindica esa sucesión, tango más cuánto el 17 de octubre de 1905 el señor Intendente D. Carlos Rosetti, solicitó la entrega del Cabildo, no teniendo nunca respuesta esa nota, como tampoco la que en Marzo 27 de 1909 dirijiese (sic) el señor Intendente D. Manuel J. Gûiraldes.
Señaló el Dr. Rómulo S. Naón que le corresponde al Cabildo de Buenos Aires el solar que ocupa por el auto de reparto y distribución de tierras que hiciera don Juan de Garay en la segunda fundación de la Ciudad en 1580 y recordó que el 25 de noviembre de 1718, la corporación decide construir el edificio para su sede y se proyecta el mismo que existe actualmente, cuyo plan, fechado en 1719, existe aún en el Archivo de Indias. La ejecución de la obra estuvo a cargo “exclusivo” de los vecinos de Buenos Aires, como lo prueba acabadamente la vista fiscal de Abril 26 de 1721, lo que demuestra su carácter eminentemente local, deslindado del gobierno general de la Colonia. (RICARDO A. OSTUNI) Ver texto completo en:

“En octubre de 1932, el intendente municipal Rómulo S. Naón somete al Concejo Deliberante un proyecto para ampliar de 364 a 3.000 las pantallas anunciadoras en la vía pública, ya que la cantidad resultaba reducida para satisfacer la necesidad de los anunciantes, “El interés existente por las pantallas anunciadoras en la vía pública ha sido en todas las épocas muy grande y sostenido como lo comprueba la cantidad de solicitudes de concesión que se han presentado a ese Honorable Cuerpo y a este Departamento Ejecutivo”. 
Se agregaba a ello la necesidad de crear “una nueva fuente de recursos que permita la atención de los innumerables servicios a prestar por la Comuna sin recargar las contribuciones existentes o crear otras nuevas”, como motivo que induce a esta propuesta.”

Actuación diplomática:

“…hubo que esperar hasta 1910 para que la Argentina recibiera al primer Embajador Extraordinario y Plenipotenciario enviado por los Estados Unidos en homenaje al Centenario y enviara el primer Embajador argentino que fue Rómulo S. Naón.” (Juan Vicente Solá


“Al caminar en Boston por el paseo arbolado de Commonwealth Avenue, entre Hereford y Gloucester, -bordeado por residencias antiguas adornadas con tradicionales bow-windows- alguien puede quedar sorprendido al encontrar una obra escultórica consagrada a Domingo Faustino Sarmiento. […] …una iniciativa no cumplida [en su época] de Rómulo S. Naón -quien había sido enviado extraordinario y ministro plenipotenciario (1910-1911) y luego embajador (1914-1918)- de erigir un monumento en recuerdo de Sarmiento en los Estados Unidos. Con ese antecedente, [el embajador Carlos Muñiz, en 1972] convino con el alcalde de Boston, Kevin H. White, en emplazar un monumento en esa ciudad. El cónsul argentino en Boston, Bernardo García Giménez, se encargó de realizar una tarea de divulgación ante las autoridades del estado de Massachusetts y de Boston para informar quién había sido Sarmiento y los motivos que determinaban la presencia de un monumento en la ciudad. White cedió para ello un espacio en la Commonwealth Avenue.” (Muñiz, Carlos M., Homenaje a Sarmiento en los Estados Unidos, Comunicación personal fechada en junio de 1990, Buenos Aires, Centro Argentino para las Relaciones Internacionales, CARI, agosto de 1997, citado por Horacio C. Reggini.

“Rómulo Naón, avezado y juvenil veterano de la política provincial y nacional, fue designado primeramente ministro ante los Estados Unidos por el presidente Saénz Peña, en diciembre de 1910. Sirvió sin interrupción, como ministro y embajador, con presidentes de dos partidos hasta que renunció al término de la guerra. Se afanó por muchas vías para hacer más armoniosas las relaciones de la Argentina y Estados Unidos, para mover a aquélla a la participación completa en la guerra y fomentar la solidaridad interamericana.” (Harold Peterson. La Argentina y los Estados Unidos 1914-1960, Bs. As., Hyspamérica, 1985) 
En su calidad de embajador escribió "La guerra europea y el panamericanismo", publicado en Conciliación Internacional, Boletín 21, abril de 1919. Participó en la Conferencia de las Cataratas del Niágara convocada para reducir las tensiones entre México y los estados Unidos de Norteamérica. 
“…buscó, desde la ruptura de la neutralidad norteamericana en febrero de 1917, el alineamiento de la Argentina del lado norteamericano, si no como beligerante, al menos como íntimo aliado económico. 
Los factores que conspiraron contra el proyecto de Naón fueron los siguientes: a) el peso de los grupos internos que percibieron la inconveniencia de apostar a cualquier política pronorteamericana a expensas de los tradicionales vínculos comerciales argentinos (aunque éstos se vieran afectados por la guerra); b) la posición neutral del propio presidente Victorino de la Plaza -que reflejó las expectativas de estos grupos internos hostiles a la Casa Blanca-; c) la posición ambigua del canciller José Luis Murature respecto del panamericanismo norteamericano -por un lado, su actitud más cooperativa hacia el gobierno norteamericano respecto de sus colegas anteriores, y por el otro, sus esfuerzos por quitar espacio al proyecto de Naón-; c) la continuación de la postura neutral de de la Plaza por parte de su sucesor y opositor Yrigoyen -aunque ésta se volvió benévolamente proaliada hacia el último año de la guerra-; y d) la falta de interés de los gobiernos aliados a lo que consideraron vagas propuestas del embajador argentino. 
El pensamiento de Naón, que está condensado en forma de folleto por la Asociación Norteamericana para la Conciliación Internacional, ya había prevenido acerca de una serie de peligros que atentaban potencialmente contra la concreción de su proyecto panamericanista. El primero era el estallido mismo de la Primera Guerra Mundial, que modificaría sustancialmente la estructura internacional del mundo. Según Naón, la Gran Guerra, en vez de estimular el panamericanismo a través de una política de alcance continental que respondiese a una amenaza externa (como una variante de la Doctrina Monroe), debilitó el sentimiento colectivo regional, pues Estados Unidos se involucró abiertamente en la guerra europea, y su ejemplo no fue seguido en forma unánime por las naciones latinoamericanas. […] 
La concreción de la idea panamericana contó, en la visión de Naón, con dos peligros serios. Uno fue la clasificación de las naciones en pequeñas y grandes potencias efectuada durante la Conferencia de la Paz, que contó con el aval norteamericano, pero que debilitó la condición básica de la solidaridad interamericana: la soberana igualdad de todos los estados de la región. El otro peligro, alentado por el propio presidente del país al que Naón representó, fue el resurgimiento del latinoamericanismo, que buscó -vanamente- ocupar el espacio vacío dejado por el panamericanismo wilsoniano. 
La prédica panamericanista de Naón, convergente en el discurso con la impulsada por Wilson, terminó siendo una voz en el desierto. El gobierno norteamericano se involucró en los problemas de la Europa de posguerra y dio la espalda a la región americana, boicoteando de este modo y paradójicamente su propio proyecto panamericano. El gobierno argentino también desoyó la prédica del embajador Naón. La renuncia de Naón, el mismo día que finalizó la Primera Guerra Mundial, implicó para Washington la pérdida del más ferviente defensor del acercamiento argentino-norteamericano. También significó la creciente rivalidad entre Estados Unidos y la Argentina por el liderazgo regional.” (www.ucema.edu.ar/ceieg/arg-rree/8/8-035.htm)

Actuación jurídica:


Naón fue, también, Presidente de la Suprema Corte de Justicia en 1935; a él se debe la reorganización de la justicia ordinaria en la Capital Federal lo cual explica la colocación de su busto frente al Palacio de los Tribunales, en la Plaza Gral Lavalle. El mismo está emplazado en un cantero cercano a la calle Talcahuano, frente a la puerta principal del edificio del Palacio de Justicia. La comisión de homenaje donó el busto realizado por el escultor argentino Ángel Ibarra García. Fue inaugurado el 25 de noviembre de 1966. En la base revestida de mármol, hay una placa en la que se lee: 

Legislador, Ministro de Justicia y de Instrucción Pública. 

Fundador de Institutos y Escuelas secundarias. 
Propulsor de la Comisión Nacional de Bibliotecas Populares. 
Embajador. 
Intendente Municipal de la Ciudad de Buenos Aires. 
Comisión de homenaje, 1966 


CASO SALTA. En agosto de 1923 La Standard Oil tenía decidida la apropiación del petróleo del Norte Argentino (Salta y Jujuy) y Bolivia. Propone esta empresa al Gobierno de Salta la concesión de 90.000 hectáreas de tierra FISCAL POR 20 AÑOS CON REGALÍA DEL 10%. Güemes entonces gobernador y aconsejado por Alvear (Presidente) la rechaza y dicta el "decreto" de reserva de área: 2046 del 12- XII -1924 y suspende por cinco años la admisión de cateos. […] Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación marzo 1932 (Roberto Repetto R. Guido Lavalle y Julián Pera). Sepultan la defensa de la provincia y gana Standard Oil de la mano del Dr. Naón quién cuidó de asegurar que no se revisara la contabilidad de la Empresa. Tal como había pedido el presidente de la petrolera Kincaid. (La Diplomacia del Petróleo 1916-1930. C. A. Mayo O. R. Andino F. García Molina).
Un importante golpe contra la Standard Oil fue asestado en mayo de 1928, cuando el gobernador yrigoyenista o personalista de la provincia de Salta Julio Cornejo restableció la reserva petrolera provincial, canceló los permisos de exploración concedidos a partir de 1925 y ordenó a la Standard que suspendiera las operaciones en las áreas en disputa con YPF. Estos decretos perjudicaban las operaciones de la compañía petrolera, que decidió llevar sus reclamos a la Corte Suprema. Este tema trascendió los límites provinciales para atraer la atención del gobierno nacional. Mientras el abogado Silvio Bonardi, protegido de Yrigoyen y representante del gobierno de Salta, sostenía que el gobierno nacional no podía sujetarse a la "servidumbre económica" de un trust extranjero, el abogado Rómulo S. Naón, en representación de la Standard, demostró que la compañía había actuado dentro de la ley. Finalmente, la Corte emitió en junio de 1930 un juicio favorable a la Standard. (1) 


1. La Argentina, febrero 1, 1930. 209-210. Consultar también "Salta frenó a la Standard Oil", mayo 1928, Diario de la Historia Argentina, Nº 109, p. 4; "La Corte Suprema en favor de la Standard Oil", junio de 1930, Diario de la Historia Argentina, Nº 113, p. 2; "La Corte a favor de la Standard Oil", marzo de 1932, Diario de la Historia Argentina, Nº 116. Todos estos artículos en Jorge Perrone, Diario de la Historia Argentina, tomo 3, 1916-1946, pp. 50, 64, y 82 respectivamente.

Investigación: Raquel Gail

Fuentes: http://www.unipe.edu.ar/archivos/prologo.pdf
http://www.monografias.com/trabajos15/plaza-lavalle/plaza-lavalle3.shtml
http://www.ucema.edu.ar/ceieg/arg-rree/8/8-035.htm
http://edant.clarin.com/diario/especiales/yrigoyen/textos/legaciones.htm
http://en.wikipedia.org/wiki/R%C3%B3mulo_Sebasti%C3%A1n_Na%C3%B3n
http://www.noticiaspehuajo.com/index.php?option=com_content&task=view&id=6283
http://www.conabip.gov.ar/contenidos/institucional/cronologia.htm
http://www.uba.ar/encrucijadas/45/sumario/enc45-b-95economicas.php
http://www.apcpsen.org.ar/colaboraciones/13-colaboraciones/202-las-bases-constitucionales-del-servicio-exterior-escrito-por-el-ministro-juan-vicente-sola
http://www.revistaalambre.com/Articulos/ArticuloMuestra.asp?Id=53
http://www.normal2.edu.ar/dsitio3/index.php?option=com_content&view=article&id=45&Itemid=62&showall=1
http://www.efdeportes.com/efd52/efarg.htm
http://www.sarmiento.org.ar/conf_rafaelsarmiento.html
http://argentinahistorica.com.ar/intro_libros.php?tema=26&doc=87&cap=455
http://www.lafogata.org/04arg/arg5/ar_recur1.htm
http://www.ucema.edu.ar/ceieg/arg-rree/10/10-006.htm
https://www.familysearch.org/s/recordDetails/show?uri=http://pilot.familysearch.org/records/trk:/fsrs/rr_139815188/p_153858388&hash=HloWXpZgU9zB10k5M56iYku8TUc%253D
http://sites.google.com/site/edilbertomartinfernandez/
http://baireshistoria.blogspot.com/2009/07/el-cabildo-de-buenos-aires-historia-y.html
http://www.taringa.net/posts/info/4958853/Curiosidades-portenas.html
http://www.museoroca.gov.ar/articulosytrabajos/inmigracionhistoriaarte/Querciola.pdf
Gagliano, Rafael. “Nacionalismo, inmigración y pluralismo cultural. Polémicas educativas en torno al centenario”, en Sociedad civil y estado en los orígenes del sistema educativo argentino. Buenos Aires, Galerna, 1991. p. 281-307.
Rivarola, Horacio C. (1921) Legislación escolar y Ciencia de la Educación. Ed. Revista Argentina de Ciencias Políticas, Buenos Aires.

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